Tributación de la segunda vivienda en España

hace 8 meses · Actualizado hace 8 meses

Tributación de la segunda vivienda en España

Si estás pensando en adquirir o ya posees una segunda propiedad en España, es crucial entender cómo se aplica la tributación en este caso particular. La tributación para una segunda vivienda difiere de la de una residencia principal, lo que hace esencial comprender este proceso para optimizar tu declaración de impuestos y economizar tiempo y recursos en el futuro.

Además, si planeas alquilar la segunda vivienda de manera permanente, es importante tener en cuenta que los arrendatarios están sujetos a un régimen tributario específico. Antes de adentrarnos en estos detalles, es fundamental definir claramente qué implica tener una segunda vivienda y resolver cualquier interrogante al respecto.

Índice de contenido
  1. 1. ¿Qué define una segunda vivienda?
  2. 2. En cuanto a las implicaciones fiscales
    1. Tributación de la segunda vivienda destinada al alquiler a largo plazo

1. ¿Qué define una segunda vivienda?

La Agencia Tributaria define la segunda vivienda como un inmueble propiedad de una persona que no se emplea como su residencia principal o habitual. La agencia clasifica estas segundas viviendas en las siguientes categorías:

  • Viviendas vacacionales o eventuales: Esto incluye apartamentos en zonas costeras, casas en áreas montañosas u otras propiedades que el propietario posee pero que no utiliza como residencia habitual.
  • Inversiones inmobiliarias: Se refiere a viviendas adquiridas con fines lucrativos, ya sea para alquilarlas o venderlas, dependiendo de los objetivos financieros del propietario.

La tributación de la segunda vivienda varía en función del uso que se le dé al inmueble. Además, independientemente de si genera ingresos o no, el propietario debe cumplir con las obligaciones fiscales establecidas en la declaración de la renta.

2. En cuanto a las implicaciones fiscales

La tributación está determinada por la función que desempeña la vivienda, ya sea como alquiler o residencia permanente. A continuación, examinaremos cada caso por separado para entender cómo se gravan las segundas viviendas según su utilización:

Tributación de la segunda vivienda destinada al alquiler a largo plazo

Cuando se genera ingresos por alquilar una segunda propiedad, estos ingresos se consideran rendimientos de capital inmobiliario y deben tributar como parte de la base imponible general, junto con otros ingresos como los provenientes del trabajo, actividades económicas o imputación de rentas.

Para calcular la tributación, se deben deducir los gastos necesarios de los ingresos obtenidos por el alquiler. Estos gastos incluyen intereses, costos de mantenimiento y reparación, Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), cuotas de la comunidad de propietarios, amortización, seguros, entre otros.

Además, si hay un inquilino que utiliza la propiedad como su residencia principal o permanente, el propietario puede aplicar una reducción del 60% sobre el rendimiento neto.

Tributación del alquiler de plazas de aparcamiento y trasteros

El rendimiento proveniente del alquiler de plazas de aparcamiento y trasteros debe evaluarse en conjunto con el alquiler obtenido por la vivienda. En este caso, se declaran en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) bajo la categoría de "arrendado como inmueble accesorio" sin especificar importes.

Sin embargo, si se alquilan por separado, se debe determinar el rendimiento de capital inmobiliario como si fueran propiedades distintas. Aunque no se consideran viviendas permanentes, el arrendador no tiene derecho a aplicar la reducción del 60% al inquilino.

En cualquier caso, las plazas de aparcamiento alquiladas, independientemente del tipo de vivienda, están sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

Tributación de la segunda vivienda para alquiler temporal o vivienda turística

Por otro lado, cuando se alquila una propiedad por períodos temporales, es necesario tributar por parte de las ganancias generadas como rendimiento derivado de bienes inmuebles. De esta forma, al igual que en las secciones anteriores, se deben considerar tanto los ingresos como los gastos necesarios para evaluar adecuadamente este rendimiento.

En este contexto, no es posible aplicar la deducción del 60% a los rendimientos netos positivos obtenidos a través de este tipo de alquiler. Esto se debe a que estos ingresos no están destinados a satisfacer las necesidades de vivienda permanente del inquilino en cuestión.

Información Adicional

Si usted ofrece un alquiler turístico con servicios relacionados con la industria hotelera, está llevando a cabo una actividad económica. Por lo tanto, los rendimientos generados están sujetos a tributación como si fueran ingresos regulares derivados de actividades económicas.

Al igual que sucede con los rendimientos de capital inmobiliario, estos se incluirán en la base imponible general de dicho impuesto.

Tributación de la segunda vivienda a disposición del casero

La mera posesión de una segunda vivienda conlleva la obligación de efectuar una imputación de ingresos en el IRPF. Esta normativa se aplica incluso si la vivienda está desocupada o si se utiliza de manera ocasional para el disfrute personal.

La Agencia Tributaria sostiene que cualquier propiedad que no sea considerada vivienda habitual otorga al propietario la posibilidad de generar ingresos. Incluso si no se obtiene un beneficio económico directo de la propiedad, se deberá declarar impuestos por el mero hecho de tener esta "capacidad económica".

No obstante, la renta imputada en estos escenarios corresponderá al 2% del valor catastral de la propiedad. Este porcentaje se reduce al 1,1% si dicho valor ha sido revisado en los últimos diez años.

Tributación de la segunda vivienda en cuanto a ventas

Cuando se decide vender una propiedad, el resultado financiero puede ser tanto una ganancia como una pérdida en el patrimonio, dependiendo de cómo se comparen los siguientes factores:

  • El valor de venta de la propiedad, descontando los gastos relacionados con la transacción.
  • El valor de compra original de la propiedad, más los gastos asociados con la adquisición.

En estos casos, la ganancia patrimonial está sujeta a impuestos, que se aplican conjuntamente con la base imponible de las inversiones, con tasas impositivas que varían en el rango del 19% al 23%.

Por otro lado, para aquellos que son propietarios de propiedades adquiridas antes de diciembre de 1994, existe la posibilidad de aplicar coeficientes de reducción al cálculo de la ganancia obtenida. Esta medida se aplica hasta propiedades declaradas en enero de 2006, lo que significa que la ganancia generada en estas ventas queda exenta de impuestos.

Tributación de la segunda vivienda para no residentes

Las personas que no tienen residencia en España en la actualidad no están obligadas a pagar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF); en cambio, están sujetas al Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR). Como resultado, la carga fiscal varía según si la propiedad se ha alquilado, está disponible para el propietario o se ha vendido.

En cualquier caso, los residentes que se encuentran fuera del Espacio Económico Europeo (EEA) estarán sujetos a una tasa impositiva más alta, sin la posibilidad de deducir gastos. Además, las segundas residencias de no residentes ubicadas en territorio español siempre estarán sujetas a impuestos en España.

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