Nueva Ley de Formación Profesional: Primera Universidad que ofrece FP

hace 2 años · Actualizado hace 11 meses

Nueva Ley de Formación Profesional: Primera Universidad que ofrece FP

Hace poco más de una semana, el Senado aprobó la Ley Orgánica de Formación Profesional que implanta la nueva modalidad dual, lo que significa que los Grupos C y D incluyen la formación obligatoria para las pequeñas y medianas empresas, ya se sabe que la Universidad de Málaga es la primera universidad española que ofrecerá formación profesional en España a partir del próximo curso 20222023. Esto se debe a que la Fundación General UMA ha obtenido la acreditación como Centro de Formación Profesional y establecerá el Ciclo Superior de Guías Turísticos, Información y Asistencia.

Este diploma se ofrecerá inicialmente a 30 alumnos del campus de Teatinos. Asimismo, se prevé que se sumen 30 plazas adicionales para el curso 2023-2024. El párroco José Ángel Narváez explicó que "no ha sido un camino fácil". Años hasta la acreditación, aunque se ha apostado mucho, porque la formación universitaria y profesional deben ser vasos comunicantes, explicó el catedrático de fisiología.

Una de las novedades más importantes es la creación de puentes entre la formación profesional y la universidad, de forma que los aspirantes a la formación profesional puedan estudiar en la universidad y viceversa.Recordad que esta normativa reorganiza el sistema de FP en 5 niveles en función de los conocimientos adquiridos formulados y los número de horas que contiene.

Desde la microformación hasta los títulos de especialización.

  • Grado A: Acreditación parcial de competencias
  • Grado B: Certificado de Competencia
  • Grado C: Certificado de Profesionalidad
  • Nivel D: Ciclos Formativos F.P
  • Clase E: Curso de especialización de clase media o superior, en el que no se admiten menores de 16 años.
Índice de contenido
  1. ¿Cuándo deben realizarse las prácticas de PF?
  2. ¿Cuánto cobran los cursos de Dual FP?

¿Cuándo deben realizarse las prácticas de PF?

La nueva Ley de Formación Profesional, impulsada por el Ministerio de Educación que preside Pilar Alegría ya punto de ser puesta en marcha, supone que las Comunidades Autónomas tendrán que implantar la formación dual para los alumnos de los cursos C y D. Se constituirá su empresa, que a su vez será de 2 tipos:

  • Formación Profesional General: con un tiempo en la empresa de entre el 25% y el 35% de la duración total de la formación, y el compromiso de la empresa de participar hasta un 20% de los contenidos y resultados de aprendizaje del curso.
  • Formación profesional intensiva: con formación en empresa a partir del 35% de su duración total, así como la colaboración de ésta con el centro de formación en el desarrollo de más del 30% del curso. Además, establece un contrato de formación entre el estudiante y la empresa sobre las condiciones de la legislación laboral y debe ser remunerado en el marco de un contrato de formación.

¿Cuánto cobran los cursos de Dual FP?

El Consejo de Administración de Pedro Sánchez ha anunciado su intención de que los estudiantes de formación profesional intensiva, con contrato de formación, perciban el SMI, que actualmente es de 1.000 euros brutos mensuales, repartidos en 14 cuotas anuales, tal y como establece el artículo 67 de la Ley de Organización e Integración de la formación profesional: «La formación profesional intensiva corresponde a la formación profesional que se desarrolla alternativamente en el centro de formación profesional o en la explotación productiva de la empresa o establecimiento comparable y se retribuye en el marco de un contrato de formación».

Cabe añadir, además, que el Estatuto de los Trabajadores (TE) avala esta declaración de intenciones en su artículo 11, apartado g), que establece: “En ningún caso la retribución podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional en relación con el tiempo de el trabajo real a que se refiere este último en el hecho de que los estudiantes que trabajan a tiempo parcial reducen su salario según el turno pactado, en cambio, pueden establecer otros complementos salariales en convenio colectivo, pero nunca por debajo del SMI.

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