¿Qué ayuda tomo después de terminar de cobrar el paro?

hace 2 años · Actualizado hace 1 año

¿Qué ayuda tomo después de terminar de cobrar el paro

Por la misma razón, muchas personas que han agotado el período de desempleo que les corresponde y siguen sin poder encontrar trabajo después de ese hecho, se preguntan a qué prestaciones tienen derecho a solicitar una vez agotadas las prestaciones contributivas por desempleo, cuál es la situación personal del demandante de empleo y la edad a la que expira la prestación por desempleo.

En concreto, están disponibles hasta cuatro tipos de prestaciones por desempleo para un demandante de empleo que haya agotado su derecho a la prestación por desempleo, cada una de ellas con una calidad muy específica y destinadas a un tipo concreto de desempleado, siempre que cumplan los requisitos mínimos.

Además, todas estas cuatro ayudas comparten una serie de características comunes, como no poder cobrar más del 75% del salario mínimo de los profesionales, con este límite fijado en 750 euros mensuales. también tienen una cantidad fija de 463,20 euros mensuales que el Servicio Público de Empleo (SEPE) abona a los beneficiarios de esta prestación no contributiva.

Índice de contenido
  1. Estas son las 4 prestaciones por desempleo que se pueden reclamar una vez finalice el paro
    1. Ayuda familiar
    2. Subsidio para mayores de 45 años
    3. Subsidio para mayores de 52 años
    4. Subsidio Extraordinario por Desempleo

Estas son las 4 prestaciones por desempleo que se pueden reclamar una vez finalice el paro

Son un total de 4 las ayudas económicas que el Servicio Público de Empleo concede a las personas desempleadas que han agotado su derecho a la prestación contributiva por desempleo para determinar a qué ayuda se puede solicitar en función de la situación personal del demandante de empleo para recibir una cuantía económica.

Ayuda familiar

La primera de las prestaciones post-paro a la que puede optar una persona es la Asignación Familiar, en cuyo caso no importa la edad que tenga el desempleado para solicitarla, pero sí afecta a la determinación del período de derecho en Puntos Clave y lo más llamativo es que es necesario tener compromisos familiares. Así, si una persona deja de percibir la prestación por desempleo y tiene responsabilidades familiares, puede reclamar esta prestación en el.

Subsidio para mayores de 45 años

En segundo lugar se encuentra el subsidio para desempleados mayores de 45 años, en este caso solo pueden solicitarlo las personas que hayan cumplido la edad señalada en el momento de expirar la prestación por desempleo, ten en cuenta que tampoco puedes tener compromisos familiares y estos tienen una duración máxima de 6 meses. tener derecho a esta prestación por desempleo.

Subsidio para mayores de 52 años

También es posible que una persona que ha terminado el paro haya cumplido los 52 años. En ese momento, una vez agotada la prestación contributiva por desempleo, se podrá reclamar el Subsidio Mayores de 52 años, que se podrá reclamar hasta alcanzar la edad legal de jubilación y, por tanto, cobrar una pensión. mínimo 15 años haber cotizado a la seguridad social y presentar la declaración anual de la renta al SEPE, que acredite que se puede seguir cobrando la pensión de la prestación por desempleo.

Subsidio Extraordinario por Desempleo

Por último, existe la Ayuda Extraordinaria por Desempleo, más conocida como SED, a la que sólo pueden optar los desempleados menores de 45 años sin responsabilidades familiares que no puedan acogerse a otras ayudas, esta prestación es la última que se puede reclamar y se ha un plazo máximo de 6 meses. Recuerda también que solo puedes aplicar una vez. Entonces, si se emite, no puede volver a presentar una solicitud incluso si aún se cumplen los requisitos.

Si quieres conocer otros artículos parecidos a ¿Qué ayuda tomo después de terminar de cobrar el paro? puedes visitar la categoría Prestaciones del SEPE.

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